La Dirección General de Tributos ha considerado recientemente en contestación a una consulta referida al juego online que la posible calificación como actividad económica no exige necesariamente su inicio material, sino que, en actuaciones previas, como la obtención de las licencias preceptivas, puede ser un indicio del inicio de aquella. Este criterio tiene especial trascendencia para otros sectores como el de las renovables.
En este sentido, en este mismo medio analizamos el cambio de criterio de la Dirección General de Tributos en contestación a consulta vinculante número V2265-21, de 12 de agosto, en la que se calificaba como patrimonial a una entidad que, en el momento de su transmisión, había tramitado y obtenido todos los permisos necesarios para el desarrollo de una planta solar, si bien, en ese momento, no se había iniciado materialmente la construcción de la instalación.
La calificación como entidad patrimonial respondía a que, a juicio del centro directivo, las actuaciones previas necesarias para el inicio material, como, por ejemplo, la tramitación y obtención de todos los permisos necesarios para el desarrollo de una planta solar no suponían el ejercicio de una actividad económica. Leer noticia completa en eleconomista